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FINANCIAMIENTO A PROVEEDURÍA NACIONAL
2.2.- Estímulo Fiscal relacionado con
las inversiones realizadas para la
recuperación secundaria y mejorada.
En el artículo 32, 40 y 46 de la Ley de Ingre-
sos sobre Hidrocarburos, se establece que
pueden ser deducibles del cálculo del ISR
las inversiones realizadas para la recupera-
ción secundaria y mejorada que realicen los
operadores petroleros. La oportunidad que
se vislumbra en este caso, para las pymes,
está relacionada con proveer bienes y servi-
cios a los operadores petroleros relacionados
con dichas actividades, es decir, puede ser
utilizada como una estrategia de ventas, con-
cieros no bancarios, a fin de que las empre- siderando que estas pueden ser deducibles
sas mexicanas aumenten su productividad y al 100%.
competitividad a través de apoyos directos
o mediante intermediarios financieros como: 2.3.- Estímulos fiscales relacionados
crédito directo, factoraje, cartas de crédito, con programas de comercio exterior
garantías de comercio exterior, seguros de
crédito, financiamiento, entre otros. El progra- Programa de Promoción Sectorial (PRO-
ma para el financiamiento de proyectos de SEC). Es un instrumento dirigido a perso-
energía renovable, otorga recursos de largo nas morales productoras de determinadas
plazo, en moneda nacional o en dólares para mercancías, a quienes se les permite im-
apoyar a las empresas durante las etapas portar con arancel ad-valorem preferencial
de construcción, operación y mantenimiento (Impuesto General de Importación) diversos
de las obras. Este está dirigido a empresas bienes, para ser utilizados en la elaboración
nacionales y extranjeras desarrolladoras de de productos específicos, independiente-
proyectos de energía renovable el monto del mente de que las mercancías a producir
crédito es hasta 30.0 MDP o su equivalente sean destinadas a la exportación o al mer-
en USD. Plazo: amortizable hasta 15 años y cado nacional.
revolventes hasta 3 años.
– Devolución de Impuestos a los exportado-
2.-Estímulos fiscales res (DRAWBACK). Programa que permite
a los beneficiarios recuperar el impuesto
Son diversas formas con las que es posible general de importación causado por la im-
reducir o exentar el pago de algunas contri- portación de insumos, materias primas,
buciones, como el Impuesto Sobre la Renta partes y componentes, empaques y en-
(ISR). Es importante observar que se tratan de vases, combustibles, lubricantes y otros
facilidades y reducciones tributarias. materiales, incorporados al producto ex-
portado o por la importación de mercan-
2.1.- Estímulo Fiscal a la Investigación cías que se retornan en el mismo estado
y Desarrollo de Tecnología (EFIDT) o por mercancías para su reparación o
que opera el CONACYT alteración.
El Estímulo Fiscal a la Investigación y Desarro- 3.- APOYOS NO FINANCIEROS
llo de Tecnología (EFIDT), es un crédito fiscal
equivalente al 30% de los gastos e inversio- Es importante mencionar que, existe una am-
nes realizado en IDT por los contribuyentes plia gama de apoyos y colaboraciones a los
del impuesto sobre la renta (ISR) en el ejercicio que las empresas pueden acceder para sol-
fiscal, contra el ISR causado en el ejercicio por ventar retos y necesidades que no necesa-
el contribuyente. El monto del EFIDT que se riamente son de carácter financiero, si no que
autorice no podrá ser mayor a 50 millones de requieren de información que los oriente en su
pesos por contribuyente. búsqueda de crecimiento y desarrollo.
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